Después de varias denuncias de situaciones discriminatorias por razón de sexo e instancias de la Inspección de Trabajo, en marzo de 2016 se aprobaba el Plan de Igualdad en WFS. Las personas y organismos firmantes se comprometieron a “hacer efectiva la igualdad de los trabajadores y trabajadoras de la empresa”, lo que implica reconocimiento de la discriminación histórica de las mujeres en los ámbitos social, económico, laboral y cultural.
El texto, cumpliendo con la legislación vigente, recopila toda una batería de objetivos y medidas, determina órganos de seguimiento y evaluación del cumplimiento de las propuestas, todo ello en aras de detectar y corregir situaciones de desigualdad.
La dirección de la empresa ha cumplido formalmente con su obligación legal y requerimiento administrativo. Pero lo cierto es que sólo ha tardado 3 meses en incumplir dicho Plan de Igualdad en materia de promoción.
Nos referimos al reciente descarte de una trabajadora que optaba por una plaza libre de supervisión en el departamento de operaciones, centro de trabajo WFS en el aeropuerto de Barcelona. Dicha trabajadora fue excluída con motivo de estar acogida a una reducción de jornada y concreción horaria por motivos de guarda legal, argumentando desde la empresa y poniendo como condición de acceso a la plaza de supervisión, disponibilidad total; es decir, jornada completa y rotación en turnos. La plaza de supervisor fue finalmente asignada a un trabajador.
Bien, sí es cierta la libertad empresarial, su poder y capacidad de decisión unilateral en cuanto a organización y gestión del centro de trabajo, siempre respetando los límites y cauces legales establecidos. En este caso la libertad de establecer requisitos que se valoran para la promoción de un determinado puesto. Ahora, también es cierto que es ilícito que dicha libertad restrinja los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, como ha sido el caso, cuando la disponibilidad de una trabajadora de WFS está sujeta a una reducción por maternidad.
Por un lado, la dirección de la empresa ha dado al traste con las buenas intenciones y el esfuerzo realizado que culminó con la redacción y aprobación del Plan de Igualdad en WFS.
Por otro lado, el PI no puede y no debe ser pura formalidad, documento a guardar en el cajón; las jornadas completas, servicio los fines de semana, festivos, turnos rotativos, etc., impiden y dificultan la conciliación de la vida laboral, personal y familiar, que mayoritariamente recae sobre las mujeres. Los requisitos de carácter liberal como la disponibilidad total están ciegos a la realidad social como es la necesidad de conciliar. Son precisamente los PIanes de Igualdad, la herramienta concebida para asegurar que esta necesidad más allá del terreno laboral, no mantenga a las mujeres trabajadoras en una posición de desventaja, derribando obstáculos en los procesos de selección, más aún cuando se condiciona al género a razón de una reducción por maternidad que impida la promoción en el trabajo.